Si en Atenas pudo haber entre 250000 y 300000 personas en la época clásica, sólo unos 60000 o 50000 eran considerados ciudadanos. Se excluía a: mujeres, varones de menos de 25 años, niños, metecos (extranjeros), esclavos, a todo aquel que no estuviera al día con sus impuestos, y en algún momento también se implantó que el ciudadano tenía que ser descendiente legítimo de otro ciudadano. Se podía conceder la ciudadanía, pero era bastante excepcional. Esa ciudadanía era dividida en 10 distritos o tribus.
Cualquier ciudadano podía participar en la Asamblea (Eklesia), que se reunía cuatro veces al mes. En principio todos tenían derecho a la palabra (con un tiempo medido por una clepsidra o reloj de agua), pero en la práctica había que saber oratoria, tener una cierta relevancia social, y además proponer una ley; hay que tener en cuenta que si al cabo de un año la ley aprobada tenía malas consecuencias, era retirada y el proponente multado. Las leyes se aprobaban por mayoría o por aclamación y pasaban al Consejo de los 500. Tras la restauración de la democracia en el 403, aparecen dos novedades que puede ser interesante señalar: 1) el poder legislativo pasó en la práctica a manos de los tribunales de justicia; 2) se estableció un sistema de pago por asistir a la Asamblea, lo que hizo que mucha gente quisiera asistir, y se limitó el número de personas de la asamblea a 6000.
La otra gran institución política era la Boulé o Consejo de los 500; estaba formada por 50 ciudadanos por cada distrito, elegidos por sorteo entre los ciudadanos. Ejercían el cargo por un año, y no podían volver a ser sorteados hasta que a todos los demás les hubiese tocado el turno. El consejo de los 500 se dividía en 10 comités, encargado cada uno de un aspecto de la administración del Estado, tales como ratificación de las leyes aprobadas por la Asamblea, asuntos militares, presupuesto, administración del Estado, control de los funcionarios. Dentro del consejo de los 500, cada 36 días aproximadamente, una tribu por turno ejercía la Pritanía, encargada de organizar la Asamblea (fijar el orden del día).
Los funcionarios militares eran elegidos por votación por la Asamblea. Los funcionarios civiles y de justicia eran elegidos por sorteo entre los ciudadanos mayores de 30 años que se hubieran presentado voluntarios.
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